La jueza Lici Sánchez decretó la prisión preventiva de los cuatro imputados inicialmente en el caso de estafa y venta de cargos en el IPS.
Se trata de Fátima Agüero Stelhik, José Manuel Agüero, Maria Lujan Aguilera Chaparro y Jorge Aquino Riveros quienes guardarán reclusión en Comisarías jurisdiccionales por 15 días y luego pasarán a ser recluidos en las penitenciarías más acordes.
Para el dictamiento de las medidas pesó la gravedad de los hechos atribuidos a los mencionados y que se enmarcan en los tipos penales de estafa y asociación criminal, por medio del cobro de sumas de dinero a cambio supuestamente de contratos, recategorizaciones y hasta nombramientos.
Tal es así que para las cuatro personas imputadas se tuvo en cuenta por lo que el primer requisito se halla cumplido. En cuanto al cumplimiento del primer inciso se requiere de la existencia de un hecho punible grave, que se halla demostrado con los documentos preliminares agregados en autos, como ser: presumiblemente la comisión de los hechos punibles de ESTAFA Y ASOCIACIÓN CRIMINAL previstos en el Art. 187 del Código Penal en concordancia con el Art. 26 y 27 y en el Art. 239 Inc. 1° numerales 1 y 2 del Código Penal en concordancia con el Art. 29 del mismo cuerpo legal que, “por la modalidad descrita en el Acta de imputación presentada y por el impacto social que genera este tipo de hechos, es considerado grave”, expresa parte del considerando.
Otro elemento no menor refiere a la existencia de peligro de fuga o de obstrucción a la investigación, es importante mencionar que respecto a la existencia de peligro de fuga, el hecho investigado revestiría las características de ESTAFA Y ASOCIACIÓN CRIMINAL previstos en el Art. 187 del Código Penal en concordancia con el Art. 26 y 27 y en el Art. 239 Inc. 1° numerales 1 y 2 del Código Penal en concordancia con el Art. 29 del mismo cuerpo legal, cuya expectativa de pena es de hasta cinco años de privación de libertad en caso de llegar a una condena.