El Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala de Central, con los votos de las camaristas María Teresa González y Lourdes Cardozo revocaron el A.I. de la jueza Ana Esquivel y en consecuencia mantienen la calificación de la Imputación por femicidio a Wilmar Baleiro.
La fiscal Gladys González Falcón, argumenta en su escrito de apelación general que, “la representación se agravia en contra de la citada resolución, en la convicción de que la Juez Penal de Garantías ha dictado sin tener en cuenta los elementos que acompañaron al acta de imputación que hacen a los preceptos legales que configuren al caso”.
Manifestó que “las pruebas recabadas hasta el momento y valoradas objetivamente la calificación justa es la de Feminicidio y no de Homicidio doloso, conforme lo sostiene el Juzgado, pues el órgano encargado de la investigación es la fiscalía. Y justamente el agravio es la calificación que no se ajusta a la realidad de los hechos y procesal de la causa investigada”.
Al respecto el voto en mayoría de la Cámara refiere, “la fiscal Gladys González imputo por el hecho punible tipificado en el artículo 50 de la ley 5777/6 (feminicidio), sin embargo la jueza desprovista de fundamento alguno incurso la conducta del incoado Wilmar Javier Baleiro en el tipo penal previsto y penado en el artículo 105 inciso 2 numeral 1 del Código Penal Paraguayo (homicidio doloso). Por lo que en base a lo precedentemente expuesto y a la afectación al debido proceso por la Jueza de Garantías por haberse vulnerado reglas procesales, amerita sea removido el punto 1 del fallo impugnado y en consecuencia mantenerla calificación solicitada por la agente fiscal enmarcada en el art. 50 de la ley 5777/6 en concordancia con el art. 29 inc. 1 del Código Penal Paraguayo”.
En disidencia, el camarista Fabriciano Villalba refirió que la calificación jurídica realizada por la jueza de Lambaré no existe agravio al Ministerio Público ya que esta calificación es provisoria, tal como lo ha fijado la A-quo.
Cabe recordar que el art. 50 establece que el que matara a una mujer por su condición de tal y bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, será castigado con pena privativa de libertad de diez a treinta años.
Wilmar Baliero R. (19), hermano de la joven Romina Ayelén Peralta (16), está imputado por el hecho punible de feminicidio. Datos aportados por testigos a la Fiscalía refieren que los medio hermanos mantenían una relación sentimental. La muerte de la joven en un principio se creyó fue a causa de un vapeador, tras la necropsia practicada al cuerpo, se comprobó que la joven recibió un balazo a la altura del pecho.
Los celos habrían llevado al muchacho aparentemente a cometer el feminicidio a finales del mes de junio, específicamente en la noche del lunes 27.