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Sala Penal no hace lugar a recusación de jueces en causa AMIPS

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La Sala Penal de la Corte no hizo lugar a la recusación planteada por los Abgs. Enrique Aníbal Castillo Soto y Carlos Enrique Marecos Torres, en representación de Edilberto Rafael Rivarola Paredes, presidente de la Asociación Médica del IPS (AMIPS), contra los Magistrados Andrea Cristina Vera Aldana y José Waldir Servín Bernal, en la causa por difamación y calumnia por la querella entablada por la senadora Lilian Samaniego.

Según el escrito de recusación, los magistrados anteriormente mencionados han intervenido anteriormente en la presente causa, dictando el A.I. N° 449 de fecha 09 de diciembre del 2022, por lo que se configuraría la causal del numeral 6 del Art. 50 del Código Procesal Penal.

Vera Aldana sostuvo en su descargo que no se dan los presupuestos ni se dan las causales que pongan en riesgo su imparcialidad en la presente causa, a su turno Magistrado José Waldir Servín Bernal manifestó no tener motivos para aceptar la recusación planteada, ni tampoco causal alguna para inhibirse o apartarse de entender en la presente causa.

Los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Luis Benítez Riera manifiestan que La causal de excusación de un magistrado por haber intervenido anteriormente en una causa, es la prevista en el artículo 50 numeral 6 del C.P.P., en su primera alternativa, que dice: “haber intervenido anteriormente de cualquier modo …en la misma causa”; situación que no se configura en este caso en particular

“Si bien los magistrados recusados han intervenido anteriormente en la presente causal al dictar el A.I. N° 449 de fecha 09 de diciembre del 2022, lo han hecho confirmando el A.I. N° 235 de fecha 26 de agosto del 2022, dictado por el Tribunal Unipersonal de Sentencia N° 7, a cargo de la Magistrada Olga Elizabeth, que había rechazado el incidente de excepción de extinción de la acción penal por prescripción; y en ese sentido, se puede inferir que los miembros recusados han estudiado sobre una cuestión meramente incidental, sin haberse expedido sobre el fondo de la cuestión, por lo que no se configura la causal de intervención previa del numeral mencionado.”

Antecedentes

El doctor Edilberto Rivarola en la época de pandemia, en marzo del 2021, él se arrogaba funciones de presidente de la Asociación Médica del IPS, y manifestó en medios de prensa que la senadora traficaba influencias en el IPS, y por ese motivo ella decidió asumir una querella

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