En la plenaria de la semana pasada, el ministro Alberto Martínez Simón informó a sus colegas que 2.477 funcionarios del Poder Judicial asumieron la responsabilidad de imprimir libros (entre ellos Semillita), trabajos prácticos, etc., y que acordaron pagar por ello. Sin embargo, los ministros mantienen un silencio cómplice en el caso de Darío Messer, en el que los camaristas del fuero Civil, Juan Carlos Paredes y Antonia López de Gómez, retasaron los honorarios de los abogados Leticia Bóbeda y Rodrigo Galeano, de G. 2.500.000 a US$ 4 millones. Por otro lado, el juez en lo Civil, Edgar Rivas, ordenó el embargo de los bienes sujetos a comiso y para ello ofició a Senabico y Registros Públicos. Pese a la gravedad del hecho, la Corte hasta ahora no hizo nada. El Jurado de Enjuiciamiento abrió investigación a pedido del ministro Manuel Ramírez Candia.
Los antecedentes revelan que el juez en lo Civil, Alfredo Barrios, reguló los honorarios de los abogados Bóbeda y Galeano en G. 2.530.020. La decisión del magistrado fue apelada por los letrados, quienes en segunda instancia consiguieron que los camaristas Paredes (preopinante) y López de Gómez, retasaran los honorarios en más de 4 millones de dólares, nada más ni nada menos y con base a publicaciones periodísticas, que decían que el patrimonio de Messer superaría los US$ 300 millones.
Con el fallo de segunda instancia, Bóbeda y Galeano promovieron una demanda de ejecución de sentencia, que quedó en el juzgado civil a cargo de Edgar Rivas. El magistrado, trabó embargo sobre los bienes y para hacer efectivo ello ofició a la Dirección de Registros Públicos y a la Senabico, administradora de todos los bienes.
La notificación enviada a la titular del referido ente, Teresa Rojas, evidencia que el magistrado sabía perfectamente que los bienes a ser embargados están sujetos a comiso, considerando que serían producto del lavado de dinero. Es por ello que se debe analizar si la decisión de Rivas se enmarca o no dentro de las disposiciones legales.
En el caso, fuentes del Poder Judicial y del Ministerio Público, indicaron que se puede hablar de que se peligró el comiso de bienes y que este hecho está tipificado y previsto en el inciso 1° del artículo 196 del Código Penal. Las fuentes incluso fueron más allá y dijeron que se podría analizar si la conducta de los operados de justicia se encuadra o no dentro de lo que es la figura del prevaricato.
Sospechoso desistimiento
El 28 de setiembre pasado, los abogados Bobeda y Galeano presentaron un escrito ante el juez Rivas, mediante el cual sugestivamente desisten de sus honorarios. Esto se dio un día después de que el Jurado de Enjuiciamiento haya ordenado la apertura de una investigación preliminar.
Con esto se buscaría “salvar” a los magistrados actuantes, ya que se podría argumentar que “no pasó nada” y que nadie tocó los bienes de Messer sujetos a comiso.
“A los efectos de coadyuvar y agilizar los trámites a ser desarrollados por las autoridades competentes, a través de esta presentación concurrimos a formular desistimiento del presente proceso de ejecución de honorarios profesionales, aclarando que en ningún momento se buscó producir un perjuicio patrimonial o limitar y/o frustrar algún derecho o proceso a ser desarrollado respecto al comiso de bienes que será solicitado, sino que simplemente se ejercieron los derechos consagrados en el artículo 86 y concordantes de la Constitución Nacional en consonancia con las normativas establecidas en la ley 1376/1988 “Arancel de Honorarios de Abogados y Procuradores”, señalaron los abogados.