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Se pospone inicio del juicio para uno de los procesados por el caso de la compra de equipos para escuchas telefónicas

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El Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Cándida Fleitas resolvió suspender el inició del juicio oral y público para Alberto Daniel Ferreira Martí, uno de los acusados junto a los exministros de la Secretaria Nacional Antidrogas (SENAD), Francisco José De Vargas, Luis Rojas y demás acusados por presunta lesión de confianza y producción de documentos no auténticos.

Hoy se sustanció la audiencia de reposición planteada por la defensa de uno de los acusados, Alberto Daniel Ferreira Martí, quien refirieron que el juicio oral y público no podía realizarse debido a que existe un recurso pendiente en el Tribunal de Apelación en lo Penal

Lo que dice la resolución del Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Cándida Fleitas, Sonia Villalba y Dario Báez:

“Luego de una breve deliberación, el Tribunal de Sentencia, resolvió cuanto sigue: «El Tribunal ha llegado a una decisión que es unánime, hemos verificado las cuestiones planteadas por la Defensa, ya hemos pedido informe al Juzgado de Garantías de Delitos Económicos, igualmente al Tribunal de Apelaciones Penal Segunda Sala, en donde nos ha informado efectivamente que existe un Recurso pendiente de Resolución, el Auto de Elevación a Juicio por el cual se elevó con relación al Señor ALBERTO DANIEL FERREIRA MARTI no se encuentra firme, podríamos hacer el Juicio con relación al mismo en particular, es cierto lo que dice el Agente Fiscal, en esta causa existen once (11) acusados, por el acusado recién fue elevado en el segundo A.I. de Elevación, lo que ha generado una confusión tanto en el Juez de Garantías en el momento de remisión que no se hizo una especificación si estaba o no firme la causa, y también cuando se recibieron los Autos en los Tribunales de Sentencia Especializadas. Por lo cual el Tribunal por unanimidad resuelve hacer lugar al Recurso de Reposición, revocando la Providencia que citaba al acusado para el Juicio Oral previsto para la fecha de mañana 20 de octubre del 2022, quedando pendiente hasta que se resuelva en la Cámara de Apelaciones la cuestión planteada por la Defensa Técnica, esta es la decisión del Tribunal”.

Además de De Vargas y Rojas están incluidos en el proceso Nicasio Bóbeda, Alfredo Javier Bobeda Mongelós,Silvia Jara Acha, Antonio Salvador Pereira Fretes, Silvio Alcides Amarilla Torales:Alberto Daniel Ferreira Martí, Adalberto Javier Benítez  Jessica Paola Reyes Aguilera y Hugo Danilo González. Para Antonio Salvador Pereira Fretes, Silvio Alcides Amarilla Torales y Jesica Reyes, quienes fueron beneficiados con sobreseimiento provisional en 2017.

La fiscalía representada por Luis Piñánez investiga supuestas irregularidades en la compra de equipos para escuchas telefónicas por un valor superior a los 9.400 millones de guaraníes. Por resolución Nº 431/2012, de fecha 15 de noviembre de 2012, el exministro de la SENAD Francisco de Vargas, autoriza a la Unidad Operativa y Contrataciones de la SENAD, a realizar las gestiones del proceso y adjudicación para la Adquisición del Sistema de Rastreo móvil.

Sin embargo, en base a la conclusión de la Fiscalía no existe registro oficial de ingreso de las mercaderías adquiridas por la SENAD de la empresa TELEVOX, conforme informes proveídos por la Dirección Nacional de Aduanas.

Así mismo no consta un registro de transferencia de dinero por parte de la empresa TELEVOX A COBHAM, que denote la compra de los productos. Y la constancia que certifica la representación de la empresa COBHAM, es una nota simple con una firma visiblemente escaneada.

Es decir las autoridades de la Secretaría Nacional Antidrogas, pagaron la suma G 9.406.120.000 guaraníes a la empresa TELEVOX S.R.L. pese a que no fueron cumplidas las clausulas establecidas en el contrato Nº 32 /2012 ya que el equipo objeto del contrato nunca ingreso al patrimonio de la institución generándole de esta manera un perjuicio patrimonial.

Así mismo, el señor Alberto Daniel Martí firmo el acta de la supuesta entrega de equipos  y cuya aceptación sin objeción alguna, motivó que el proceso administrativo nuevamente siga su curso.

 

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