Ante duras críticas y publicaciones de la prensa, el Consejo de la Magistratura «aclaró» ayer que el juez Edgar Rivas Laguardia no está habilitado para concursar para los dos cargos vacantes en la Cámara Civil, Primera Sala de la Capital, y que el examen diferenciado que se le tomará servirá para otros llamados.
El titular del CM, Óscar Paciello dijo que “con esta aclaración” se puede aprobar el acta de la sesión del 12 de setiembre pasado, en la que para El Observador no existe ninguna duda, y eso se puede comprobar en la filmación de la reunión de la fecha mencionada, que con el “padrinazgo” de Jorge Bogarín Alfonso y el silencio cómplice de los demás consejeros (no estuvo Paciello) se manipuló para favorecer a Rivas Laguarda. Ya habíamos advertido de las maniobras y el padrinazgo en este concurso para el codiciado cargo.
En la sesión de ayer, Mónica Seifart, antes de tratar la aprobación del acta de la sesión anterior, pidió considerar el caso del juez Rivas Laguardia. Dijo que en ningún momento se buscó favorecer al magistrado y habilitarlo “fuera del reglamento”. “No sé si podemos este punto aclarar ya que ha suscitado diferentes opiniones en medios locales”, agregó.
La propuesta de Seifart fue considerada oportuna por Paciello, quien no estuvo en la sesión del lunes pasado. En consecuencia, la consejera dio sus argumentos.
Luego, la secretaria del Consejo leyó la nota que en su momento presentó Rivas Laguardia, que entre otras cosas dijo que amparaba su pedido en el artículo 35 del Reglamento para el concurso, “sobre la situación de hechos nuevos, puesto que la situación planteada amerita tratamiento análogo”.
“En ningún momento se me ha indicado conforme lo previsto en el artículo 6 de dicho reglamento, que me hallaba inhabilitado para continuar en el proceso de selección», afirmó el magistrado.
La secretaria detalló que el 30 de septiembre de 2013, Rivas Laguardia fue designado en el cargo de juez de Primera Instancia en lo Laboral de Limpio, por decreto número 1551 del 24 de septiembre de 2013.
“A él se le aplicó un examen diferenciado el 5 de noviembre del 2018, en el cual obtuvo 250 puntos y en el informe que él presentó en aquella oportunidad, también presentó su informe en carácter de juez de Primera Instancia Civil y Comercial porque estaba como interino en la Capital”, acotó.
Según resolución número 4729 del 7 de octubre del 2013, la Corte Suprema de Justicia le designa a él para que se desempeñe, con perjuicio de su cargo, en el cargo de juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de la Capital. Posteriormente, en la segunda designación que se produjo el 23 de diciembre de 2019, por decreto número 2549 del 18 de diciembre de 2019, la máxima instancia judicial, tomó la siguiente resolución:
Confirmar en carácter de magistrado judicial en el cargo de juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Séptimo turno de la Capital al magistrado Rivas, leyó Martínez.
Posteriormente, el doctor como está interesado en el cargo de cámara, él mismo tiene un examen convalidado de 222 puntos que rindió el 24 de octubre del 2018.
Teniendo incluso habilitado ya para los cargos de Cámara, el mismo vuelve a rendir examen de conocimiento general el 25 de noviembre del 2021 en el cual obtuvo 111 puntos y un examen de conocimiento específicos el 24 de abril del 2022, en el cual obtuvo 132 puntos.
En vista de que el cumplió todos estos requisitos formales, se dio cuenta de que estaba inhabilitado en el sistema y presenta para poder cumplir con todos los requisitos y solicita que sea evaluado en forma diferenciada.
Fundó su pedido en el artículo 7.1 del reglamento vigente del Consejo de la Magistratura. Solamente él solicitó ser evaluado de forma diferenciada, pero no determinó el Consejo para que edicto, sólo autoriza el examen diferenciado, manifestó la secretaria.
Luego habló Paciello, quien apuntó que el Consejo de la Magistratura procederá a la evaluación diferenciada del magistrado Rivas Laguardia.
“Para que la ciudadanía comprenda está evaluación diferenciada caso de ser aprobada con resultado satisfactorio, tendrá efecto para los siguientes edictos ya que no se puede incluir esta evaluación diferenciada a los cargos del edicto 1 del año 2021. El magistrado Rivas Laguardia se encuentra inhabilitado por una cuestión de preclusión de tapas del concurso para postularse al cargo de Miembro el Tribunal de Apelación Primera Sala, que es el que ha llamado el edicto 1/2021”, afirmó Paciello ante el silencio de los demás consejeros que solo hace ocho días atrás habilitaron a Rivas Laguardia a rendir el examen diferenciado que lo habilitaba a concursar por la Cámara.