El Tribunal de Apelación Especializado ratificó la resolución del juez Humberto Otazú que desestimó la denuncia de José Luis Chilavert contra Alejandro Domínguez por lavado de dinero y otros. La fiscalía General había pedido la desestimación.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción confirmó el Auto Interlocutorio Nº 317 de fecha 29 de julio de 2022, dictado por el Juez Penal de Garantías Delitos Económicos del Primer Turno, en el que se hace lugar a la desestimación ratificada por Dictamen N° 1.233 de fecha 04 de julio del 2022 presentado por la Fiscal adjunta Soledad Machuca.
Anteriormente en la presente causa, los Agentes Fiscales Liliana Alcaraz Recalde y Francisco Cabrera Sanabria, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción, ante la denuncia planteada por José Félix Chilavert, presentaron en fecha 27 de abril de 2022 el requerimiento de desestimación de la denuncia, luego de haber realizado una investigación preliminar, en la que consta la citación a testigos, solicitud de informes entre otros.
Es así que, por providencia de fecha 08 de junio de 2022, el Juez Penal de Garantías Humberto René Otazú, imprimió el trámite previsto en el artículo 314 del Código Procesal Penal, remitiendo la causa a los fiscales intervinientes revean su posición.
Posteriormente, en fecha 13 de junio de 2022 la Agente Fiscal Liliana Alcaraz, se ratifica en el requerimiento de desestimación presentado, por lo cual, a fin de agotar las los trámites previstos, el A quo en virtud a lo dispuesto en el artículo 314 del Código Procesal Penal, remite estos autos a la Fiscalía General del Estado, a fin de que se peticione nuevamente o Tribunal de Apelaciones ratifique las actuaciones del fiscal inferior.
Como resultado del trámite antes descrito, la fiscal Adjunta María Soledad Machuca, en fecha 04 de julio de 2022, se ratifica en la desestimación de la denuncia interpuesta, concordando con lo requerido en un principio por los Agentes Fiscales Liliana Alcaraz Recalde y Francisco Cabrera Sanabria.
De acuerdo con lo señalado por el magistrado, el Juzgado decidió dar lugar al requerimiento de la Fiscalía General del Estado en concordancia con el artículo 314 del Código Procesal Penal.
La normativa establece que «cuando el Ministerio Público insista en su solicitud, el juez deberá resolver conforme a lo peticionado, sin perjuicio de la impugnación de la decisión por el querellante o la víctima, en su caso».
Antecedentes
La denuncia contra el dirigente deportivo fue presentada en febrero de 2021 por el exarquero de la Selección Paraguaya de Fútbol (APF) José Luis Chilavert, quien fue condenado por difamación, calumnia e injuria en el marco de una querella presentada en su contra por Domínguez.
Posteriormente, el grupo de fiscales que llevaban adelante la investigación de los hechos presentaron un pedido al Juzgado de Delitos Económicos, argumentando que no se contaban con pruebas suficientes que avalen la denuncia del exastro del fútbol paraguayo.