La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) dispuso que en adelante la impresión de facturas será autorizada teniendo en cuenta el Índice de Riesgo del Contribuyente, lo cual fue establecido por la Resolución General N° 118 emitida el 14 de julio de 2017.
Esta medida obedece a que se han detectado numerosos casos de contribuyentes que solicitaron el timbrado de un gran número de facturas pre-impresas, las que posteriormente fueron utilizadas para documentar operaciones irregulares o inexistentes con el fin de defraudar al Fisco.
En ese sentido, se informa a los contribuyentes que la implementación de lo establecido en la citada reglamentación está plenamente operativa desde el pasado 2 de setiembre, esto con el objetivo de no afectar el normal funcionamiento de los servicios que presta el Sistema Marangatu y el desarrollo de las actividades de las empresas gráficas habilitadas por la SET para la impresión de documentos timbrados.